Recientemente, la Cancillería a cargo de Felipe Solá, anunció un acuerdo con China para que se produzcan decenas de millones de cerdos en Argentina para satisfacer el mercado chino, asumiendo en nuestro país todas las externalidades que ello provoca, como los impactos ambientales y riesgos de una pandemia por la peste porcina africana (PPA), declarada en varias regiones de África, generando bajas en la producción de cerdos por más de 20 millones de toneladas.
Erradicar esta enfermedad podría tomarle al gigante asiático "entre 5 y 10 años". Esto fue determinante para que su gobierno avance en la extranjerización de la producción de la carne de cerdo. Argentina también le aseguró la producción de su "soja transgénica" con tolerancia al Glifosato y Glufosinato de Amonio en nuestros territorios, para satisfacer sus demandas de alimentos para consumo animal, asumiendo nosotros los costos ambientales y humanos.
Es en este contexto que nos dirigimos con gran preocupación al señor Intendente Víctor Aiola, señor Director de Medio Ambiente Marcos Pinto, señor Jefe de Gabinete Nerón Chari, señor Secretario de Producción Julián Ramundo y señor Ministro de Desarrollo Agrario Bonaerense Javier Rodríguez, para hacer de público conocimiento nuestro desacuerdo y profundo rechazo a los proyectos que apuntan a duplicar la producción de porcinos en Argentina, y más precisamente en Chacabuco, ya que es una práctica que pondría en gran riesgo la biodiversidad zonal.
La Pandemia del COVID-19 nos ha dado una lección, no hay plan B. Sin embargo, aún no concluida la Pandemia, las corporaciones del 1% ya dieron señales de continuar con su rumbo extractivista y de acumulación, sin importarles las externalidades. Lamentablemente, una vez más, el poder político se mostró en sintonía. Esto constituye nada menos que un suicidio colectivo para nuestra población y territorio, creando las condiciones necesarias para que se desate un mayor desequilibro ecosistémico, y por ende una mayor proliferación de zoonosis y pandemias, o sea, un enorme retroceso en el camino para vivir en armonía con la tierra y los seres que la cohabitan. Al pensamiento capitalista y de acaparación del 1% anteponemos el pensamiento holístico de quienes formamos parte del 99 % con nuestras convicciones reforzadas, porque el Covid-19 no es sino una consecuencia inmediata del modelo agroindustrial que ahora pretende enmascararse con propuestas superadoras, que claramente no lo son.
Es por esto que queremos mencionar a la agroecología familiar como la práctica más saludable y a su vez generadora de empleo y de ingresos y proponer un desarrollo sostenible de la misma, evaluando a nivel municipal esta alternativa, sobrepesando sus beneficios y consecuencias con respecto a los proyectos de producción porcina.
Viendo y considerando los problemas que conlleva dicha práctica en el territorio, tales como desmontes, monocultivo, incendios y múltiples enfermedades relacionadas con el uso de agroquímicos, decidimos prevenir y visibilizar futuros inconvenientes en la salud de nuestra comunidad.
Exigimos nuestro derecho al ambiente sano, a la información y participación ciudadana en la toma de decisiones en cuestiones que afecten negativamente en el ambiente.
Dichos derechos los consagran:
Constitución Nacional
Artículo 41.- "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales..."
Ley General de Ambiente N° 25.675
Artículo 19. - Toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean
de incidencia general o particular, y de alcance general.
Artículo 20. - Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.
La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades
convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública.
Artículo 21. - La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los
procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de
ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y
evaluación de resultados.
Ley de Acceso a la Información Publica Ambiental N°25.831.
ARTICULO 1° — Objeto. La presente ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.
ARTICULO 2° — Definición de información ambiental. Se entiende por información ambiental toda aquella información en cualquier forma de expresión o soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. En particular:
a) El estado del ambiente o alguno de sus componentes naturales o culturales, incluidas sus interacciones recíprocas, así como las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos significativamente;
b) Las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión del ambiente.
ARTICULO 4° — Sujetos obligados. Las autoridades competentes de los organismos públicos, y los titulares de las empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas, están obligados a facilitar la información ambiental requerida en las condiciones establecidas por la presente ley y su reglamentación.
Señores funcionarios, ustedes asumieron la responsabilidad de cuidar y proteger la vida de los habitantes de esta ciudad. Poner en marcha este proyecto, que defiende únicamente los intereses de los poderosos, es ir en contra del pueblo, de la tierra y de los recursos que ésta nos brinda. Esperamos, sinceramente, que tomen la decisión adecuada para preservar la biodiversidad de nuestro territorio.
Sin más, se dirigen a ustedes atentamente:
Agustin Barros Hurtado
Bernabé Bloise
Eugenia Mazzochi
Constanza Mazzochi
Juan Errico
Dalila Giampetri
Estefania Báez
Pierina Rodriguez
Ignacio Castelao
Paula Arabia
Santiago Kurincic
Myrian Raquel Garcia
Ornela Lacentra
Enzo Gonzalez
Luz Milagros Kling
Maria Laura Arias
Alejo Santora
Martina Dentella
Laura Cristina Garraza
Malena Raggio
Rama negra, colectiva de mujeres y disidencias
Maria del Rosario Ponce
Ana Paula Caviglia
Ailen Manchineli
Chiara Mayorca
María Fabiana Cano
Marcelo Millán
Carla Paola Gómez
Cecilia Cipollone
Lucía Derosa
Paula Florencia Montoto
Mariano Pérez
Jorgelina Gomez
Omar Rafael Arabia
Valentín Ventre
Lourdes Anahí Amante
Merina Sastre
Georgina Villegas
Rocío Milagros Ramírez
Antonela Schettino
Enrique Chilano
Luis Carboni
Sofía Antonini
Santiago Muhape
Nicolás Ciminelli
Cintia Angelini
Malena Rosales
Hugo Adrián Minervino
Sabrina Alvarez
Cintia Soledad Angelini
Belén Marcelli
María Fernanda Mango
Lucía Esther Dabien
German Cozzaglio
Grecia Garcia
Agustina Fonti
Susana Gioffre
Paola Orsini
Sandra Ponce
Matías Morando
Irene Pagano
Brenda Angelo
Alicia Gisela Salomon
Marcelo Hugo Arostegui
Helena Fonseca
Ana Santori
Roberto Ross
Lucía Ross
Pablo Cesar Fonseca
Pablo Zapata
Valentina Arabia
Maximiliano Atilio Ramón Arabia
Jonatan Ferrari
Maria Rosa Viscubi
Josefina Semento
Fiamma Loreley Violante
Estefanía Fiori
Ana Belén Castrillo
Vanina Díaz
Florencia Anahí Salinas
Renata Marchessi
Yamila Vanesa Decima
Karina Arguello
José Luis Caviglia
Melina Benvenuto
Lorena Arguello
Delfina Rojas
María de los Ángeles Arguello
Alejandro Lancuba
Florencia Lucía Moro
José María Rago
Delia Bustos
Luisina Cattino
Mirta Giansiracusa
Karen Márquez
Brenda Márquez
Analuz Bonomo
Mirta Mabel Caseri
Juan Arguello
Evelin Domínguez
Anael Dugo
Carolina Domínguez
Renso Pacentrelli
Nadia Poy
Vanesa Yanel Toledo
María Alejandra Arguello
Pablo Naya
Micaela Campano
Lia Bressano
Cecilia Spina
Ludmila Magalí Suárez
Brenda Micaela Conte
Fernanda Daniela Berón
Ezequiel Arizabalo
Malena Frontera
María Fernanda Poy
Pamela Caviglia
Antonella Cámara
Sara Odella
Luisina Díaz
Daiana Cánovas
Daniela Anahí Chielli
Danila Algañaraz
Florencia Maldonado
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