Finalmente el cierre nocturno no será obligatorio en todo el país y facultarán a los gobernadores para aplicar las restricciones
El Presidente decidió no restringir obligatoriamente la actividad de 23 a 6, pero dictará un decreto que establece parámetros técnicos que obligarán o facultarán -según las circunstancias- a los mandatarios provinciales a tomar medidas inmediatas frente a un abrupto incremento de los contagios de coronavirus.
Alberto Fernández y los gobernadores nacionales en el Salón Bicentenario de la Casa Rosada
Los 24 gobernadores avalaron en términos conceptuales la decisión presidencial de restringir las actividades frente al aumento geométrico de contagiados por el COVID-19, pero la resistencia puntual de Córdoba, Mendoza y Ciudad de Buenos Aires respecto a la prohibición de circular de noche que propuso Alberto Fernández, determinó un cambio de estrategia sanitaria y política para enfrentar a la pandemia que no da tregua desde marzo de 2020.
En este sentido, y para evitar una fractura institucional entre ciertas provincias y Balcarce 50, el Presidente aprobó anoche la redacción de un decreto reglamentario que establece parámetros técnicos destinados a establecer la responsabilidad institucional de los gobernadores ante el incremento de los casos de contagios.
Alberto Fernández junto a su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y al ministro de Salud, Ginés González García, firmarán hoy un decreto que reglamenta el artículo cuarto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estableció la actual etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO