Sociedad

Kicillof confirmo que a partir del lunes se restringe la circulación de 1 a 6 de la mañana

Sabado, 09 de Enero de 2021 . 14:24 Hs.

Tras las recomendaciones del Gobierno nacional, condensadas en el decreto publicado el viernes, la Provincia de Buenos Aires dispuso el cierre de locales comerciales y recreativos entra la 1 y las 6 de la mañana.

A través de un comunicado, el gobierno bonaerense confirmó las restricciones con el objetivo de contener los contagios de COVID-19, en marcado aumento desde hace semanas.

En línea con lo definido por la Ciudad el viernes, 'toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa' se cerrará entre la 1 y las 6 de la mañana. Afectará a 118 municipios que se encuentran en fase 3 y 4. Así, impactará de manera directa sobre los centros de veraneo de la costa atlántica, como Mar del Plata, en donde en las últimas semanas se puso el foco de atención. En cuanto a los que están en fase 5, que son 17, podrán continuar con las actividades como se desarrollaban hasta ahora.

Lo dispuesto se basa en el decreto 4/2021 que publicó ayer el gobierno nacional para habilitar a las administraciones provinciales a disponer las limitaciones que crea convenientes para controlar la suba de casos de coronavirus, que preocupa y mucho en todo el país pero muy en particular en la Capital y el Gran Buenos Aires.

La disposición no alcanzará a las actividades consideradas esenciales. Tampoco limitará la circulación, que será normal, al igual que dispuso la Jefatura de Gobierno para Capital Federal.

Además, la administración de Axel Kicillof también recordó que ante casos de fiestas o reuniones que violen la ley vigente se aplicarán las sanciones previstas porel distrito más las contempladas en el artículo 205 del Código Penal. Las multas pueden ser de hasta $3.364.000, tanto para los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

Los principales puntos de la resolución

1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.

2. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 1 y las 6 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.

3. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.

4. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

5. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.

6. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

7. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de 'aislamiento social preventivo y obligatorio' y de 'distanciamiento social preventivo y obligatorio' en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

8. El día martes 12 de enero se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.

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