La Justicia hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el DNU del Gobierno nacional que declaró a las telecomunicaciones como servicio esencial y restableció la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, es decir eliminar el tope de aumento de trifas. Además, ordenó al Ejecutivo Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) 'abstenerse de emitir y llevar a cabo' alguna decisión al respecto, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
Mediante el decreto 690, emitido el 11 de agosto, el Gobierno nacional declaró 'servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia' a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga. La medida además dispuso el congelamiento de los precios hasta el 31 de diciembre y luego autorizó sólo un 5% de incremento y dispuso que las empresas del sector deben contar con autorización del Estado para cualquier modificación tarifaria.